Este viernes se publicó en el Diario Oficial, la modificación a la Ley General de Telecomunicaciones en lo relativo a la funcionalidad del servicio de radiofusión.
¿Qué significa esto?
Esta ley que obliga a los fabricantes, empresas o comercializadores de celulares en Chile, a que los equipos tengan habilitado y activado el chip para sintonizar radios FM.
En otras palabras, “deberán habilitar y mantener activa la funcionalidad de sintonización del servicio de radiodifusión de los equipos».
Y esto deberá aplicarse «cualquiera que sea el canal a través del cual sean comercializados”.
Quienes impulsaron esta iniciativa fueron los senadores Ximena Órdenes, Jorge Soria, Yasna Provoste, Francisco Chahuán y José Miguel Insulza.
¿Para qué se creó esta modificación a la ley?
El propósito de la ley es que los ciudadanos de Chile tengan acceso a las radios.
Pero no sólo eso, sino que no deban conectarse a internet ni gastar en un plan de datos.
“Las condiciones de reportabilidad, registro, homologación y demás necesarias para dar cumplimiento a la obligación referida se someterán a las normas que establezca la Subsecretaría (de Telecomunicaciones), en relación con las exigencias que deban cumplir los terminales”, concluyen en la publicación.
¿Qué celulares se eximen a la ley?
Eso sí, hay excepciones y es que la ley exime a ciertos equipos que no posean originalmente la función de radio.
Es el caso de los siguientes dispositivos:
- Celulares de la marca Apple
- S20 FE de Sasung
- P40 de Huawei
- Razr 5G de Motorola
Y por supuesto, te recordamos que siempre puedes escucharnos en la 98.5 desde Santiago o buscar tu frecuencia radial según la ciudad en la que vivas <3
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