El Servicio Electoral (Servel) dio a conocer hoy la nómina con vocales de mesa que tendrán que cumplir funciones en las elecciones primarias presidenciales, las que se realizarán el domingo 2 de julio.
Revisa: Conoce quiénes pueden votar en las Primarias 2017
Los vocales de mesa, que han sido seleccionados por las Juntas Electorales en Chile y el extranjero, tendrán hasta el 14 de junio para presentar sus apelaciones o excusas por las que no podrían cumplir con esa labor.
Luego de eso, el 17 de junio se publicará la segunda nómina, que incluirá a las personas que están llamadas a reemplazar a quienes se excusen válidamente.
Selección de vocales de mesa
Según informa 24 Horas, los encargados de seleccionar a los vocales de mesa han sido los integrantes de la Junta Electoral correspondiente a partir del registro de cada mesa, es decir, de quienes tengan asignado dicho local de votación y mesa. De esta manera, se aseguran de que los seleccionados sean parte del Registro Electoral y voten en la mesa en que eventualmente les podría tocar ser vocales.
Asimismo, cada uno de los tres integrantes de la Junta Electoral selecciona a las 10 personas de su mesa que considere «más aptas» para cumplir las funciones de vocal. De esas treinta personas se sortean los vocales de mesa y sus posibles reemplazos.
Por otro lado, el artículo 47 de la Ley 18.700 detalla que los vocales tendrán que realizar su trabajo más de una vez. «Los vocales designados por las Juntas Electorales para las Mesas Receptoras ejercerán dicha función durante cuatro años, actuando en todos los actos eleccionarios o plebiscitarios que se verifiquen hasta antes de la próxima elección ordinaria para la cual fueron designados», indica.
¿Quiénes no pueden ser elegidos vocales de mesa?
- Las personas en cargos de elección popular, como el Presidente de la República, los parlamentarios, alcaldes o concejales.
- Sus cónyuges, parientes consanguíneos o afines en línea recta y colatoral hasta segundo grado inclusive; ni los parientes afines de su marido o mujer.
- Ciudadanos extranjeros (aún cuando tengan derecho a voto), personas no videntes, analfabetas, personas condenadas por delitos regulados en las Leyes Electorales.
- Ministros, subsecretarios, intendentes, gobernadores, consejeros regionales, el contralor general de la República, los jefes superiores de servicio y los secretarios regionales ministeriales.
- Miembros de las Fuerzas Armadas y del Orden y Seguridad en servicio activo.
Excusas que se pueden presentar para no ser vocal de mesa
- Estar fuera del país o a más de 300 kilómetros del lugar en que fue designado para ser vocal de mesa.
- Tener más de 70 años.
- Tener una imposibilidad física o mental para ejercer la función, la que debe ser acreditada a través de un certificado médico.
- Estar embarazada a menos de seis semanas del parto y mujeres hasta 24 semanas después de éste. Esto se documentará a través de un certificado médico o con la documentación del subsidio establecido en el Código del Trabajo.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en el día de la elección. Dicha situación deberá acreditarse a través de un certificado emitido por el director del recinto de salud en cuestión.
- Quienes deban desempeñar el 2 de julio -en las mismas horas de actividad de las mesas- otras funciones detalladas en la Ley 18.700 que regula votaciones populares y escrutinios.