Hasta el 24 de septiembre se podrá postular al Subsidio Arriendo Especial Clase Media, que se realiza 100% online en este LINK.
Consiste en un beneficio del Estado de hasta $250.000, durante tres meses, para viviendas cuyo arriendo no supere los $600.000.
Está dirigido a grupos familiares de ingresos bajos y medios de todas las regiones del país, que hayan visto afectada su situación laboral y que se encuentran arrendando una vivienda actualmente.
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¿Cuáles son los requisitos para postular?
1. Demostrar pérdida de empleo o baja de más del 30% de ingresos.
2. No ser propietario de una vivienda (postulante o algún integrante del núcleo familiar)
3. Estar arrendando una vivienda actualmente.
4. Presentar los documentos de postulación.
Se puede postular con o sin Registro Social de Hogares (RSH) y no necesitas Clave Única.
Además, se ha dispuesto de asistencia remota a la postulación en línea a través de redes sociales y asistencia telefónica de Minvu Aló: 600 901 11 11 (desde teléfono fijo) y 22 901 1111 (desde celulares).
Documentos para postular
1-Acreditación de cesantía o baja de más del 30% en los montos de ingresos (1 o más):
Finiquito del contrato de trabajo.
Comprobante de cobros de seguro de cesantía a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Tres liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios (o bien modificación del contrato de trabajo y/o cualquier otro documento en el que conste la modificación de las condiciones laborales).
Informe de los seis últimos meses de boletas de honorarios emitido por el Servicio de Impuestos Internos.
2-Contrato de arrendamiento actual. Puede ser:
Firmado por el arrendador y el arrendatario, adjuntando una declaración jurada simple de ambos. Declaración Jurada simple.
Firmado ante Notario Público.
Contrato de arriendo debe:
Establecer el arrendamiento por el monto definido en el subsidio ($600.000 máximo).
Tener fecha de firma hasta el 31 de mayo de 2020. (No se aceptarán contratos firmados en una fecha posterior).
Individualizar al arrendatario y al arrendador (nombres y cédula de identidad).
3- Declaración jurada firmada por el arrendador mediante formato tipo del Minvu, en la que junto con manifestar que es dueño de la vivienda, ésta cuenta con recepción municipal y no se encuentra sujeta a embargo.
Además, se compromete a participar en el llamado.