Los chilenos que residen en el exterior podrán ejercer su derecho a sufragio en el Plebiscito Nacional y formar parte del proceso como cualquier otro elector.
Además de ser chilenos, deben tener más de 18 años y contar con cédula de identidad o pasaporte. Documentos que pueden estar vencidos hasta en 12 meses.
La ley dispone que las votaciones en el extranjero se realicen el mismo día fijado para el Plebiscito en territorio nacional, dentro de los horarios que para cada país y ciudad establezca el Consejo Directivo del Servel.
Ello, previo informe de la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores.
¿Soy vocal de mesa? Revisa esta información y dónde te tocará votar para el Plebiscito
Vocales de mesa en el exterior
A diferencia de cómo se hará en el territorio nacional, las mesas receptoras de sufragios en el exterior se compondrán de tres vocales elegidos entre los inscritos en el respectivo Padrón de Mesa.
Vocales que ya fueron designados mediante sorteo por las Juntas Electorales constituidas en el extranjero y que se encuentran disponibles en el sitio de Servel.
Adicionalmente, se publicó una copia de la nómina en el Consulado respectivo, a la vez que se informó de dicha designación a través de correo electrónico o carta dirigida al domicilio declarado por el elector.
Respecto a las excusas, éstas se podrán presentar ante la Junta Electoral que efectuó en designación. Tras ese periodo, se elaborará una nómina de vocales reemplazantes.