Hace un par de días, la Superintendencia de Salud, en representación del Intendente de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, Manuel Rivera, instruyó a los gerentes generales de Isapres a abrir un proceso extraordinario de devolución de excedentes a sus todos sus afiliados.
Esta medida va en el marco de las diferentes alternativas que las autoridades están tomando para enfrentar la crisis económica producto del coronavirus.
“La pandemia es una situación de crisis sanitaria y económica, que obliga a establecer mecanismos extraordinarios para que las personas puedan acceder a las acciones de salud, y a sus beneficios contractuales y legales”, dice parte de la circular que fue enviada el 17 de junio.
La mencionada institución dio plazo hasta el 30 de septiembre para la devolución de estos excedentes generados entre enero y junio de 2020, que se originan cuando la cotización legal obligatoria del 7% del afiliad@ supera el valor convenido en el contrato de salud.
A continuación, revisa todos los detalles sobre esta devolución:
¿Qué son los excedentes de cotización?
Según Chile Atiende, los excedentes de cotización en isapre corresponden «a un monto de dinero a favor de la persona afiliada a una Isapre, que se genera cuando la cotización obligatoria del 7% para salud supera el valor del plan contratado».
Los excedentes de cotización pueden ser utilizados para:
- Pagar cotizaciones en caso de cesantía.
- Cancelar un bono de atención médica (copago).
- Financiar prestaciones de salud que no cubre el plan contratado, tales como medicamentos ambulatorios, atenciones dentales, atenciones excluidas de cobertura, exámenes no codificados.
- Pagar cuotas de un préstamo de salud otorgado por una Isapre.
- Cubrir cotizaciones adicionales de salud.
- Financiar un plan de salud, mientras tramita la jubilación.
- Comprar medicamentos en farmacias asociadas.
Tras modificar la normativa, a contar del año 2020 las isapres deben devolver anualmente a sus afiliados y afiliadas el saldo acumulado en su cuenta individual que no haya sido utilizado para los fines descritos en los puntos anteriores. Esta devolución se debe realizar a cada cotizante que mantenga una cuenta con saldo a su favor al 31 de diciembre del año anterior.
¿Cuándo y cómo se devolverá el dinero?
Las isapres deberán efectuar la devolución del dinero mediante una transferencia electrónica a la cuenta bancaria que haya sido informada por el afiliado con antelación (cuenta corriente, chequera electrónica, cuenta RUT, cuenta de ahorro u otra).
En caso que la isapre no disponga de la información de una cuenta bancaria de la persona afiliada, deberá pagar ya sea a través de cheque nominativo o un vale vista.
Si el monto a devolver es menor a 0,08UF, la isapre debe informar a sus afiliados para su retiro personal en cualquier sucursal o cobrarlo a través del sitio web de la isapre.
Los montos deberán ser devueltos a los afiliados a más tardar el 30 de septiembre de 2020, según indicó la Superintendencia de Salud.
¿Cuánto dinero hay acumulado a la fecha?
Al 30 de junio, según informó la superintendencia, estos recursos ascienden a $48 mil millones.
FOTO REFERENCIAL: AGENCIA UNO.