Durante la mañana de este lunes, el gobierno dio a conocer un nuevo proyecto de pensión alimenticia.
Piñera, junto al ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín y la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Mónica Zalaquett, dieron a conocer esta noticia, en medio de la conmemoración del 8M.
Este nuevo proyecto busca crear un Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, con el que se pretende crear restricciones en el diario vivir de los deudores.
«En el día de la mujer, queremos compartir buenas noticias. (…) Vamos a enviar un proyecto de ley que permite facilitar el cobro de las pensiones de alimentos», informó el mandatario.
«En Chile el 46% de las mujeres no convive con el padre de sus hijos y, de estas mujeres, dos tercios no recibe ninguna pensión de alimentos por parte del padre», agregó Piñera.
Por su parte, la ministra Zalaquett añadió: «Este proyecto contempla la creación de un registro nacional de deudores de alimentos, en el cual estarán inscritas todas las personas que deban tres cuotas continuas o cinco discontinuas. (…)».
Además, agregó: «Establece sanciones de forma tal que dificulta la vida del deudor, estimulándolo a pagar las pensiones de alimentos y aliviando la carga que recae sobre las madres».
«Esta situación de paternidad irresponsable debe terminar», expresó Larraín.
Además agregó: «Hoy entramos con un proyecto que busca hacer justicia y terminar con esos padres irresponsables que dejan abandonadas a sus mujeres a cargo de sus hijos y dejan en la indefensión a niños y niñas».
Hoy el Pdte. @sebastianpinera junto a la M. @monicazalaquett y M. @HernanLarrainF presentaron el Proyecto de Ley que crea el #RegistroDeudoresAlimentos, herramienta que busca terminar con la impunidad en el pago de pensiones de alimentos. pic.twitter.com/mcHZfP88yt
— Ministerio de la Mujer y la EG. (@MinMujeryEG) March 8, 2021
Restricciones a deudores
- Si el deudor solicita un crédito bancario igual o superior a 50 UF, el banco va a retener parte de los fondos para pagar la pensión alimenticia.
- Cuando sea la época de devolución de impuestos, la Tesorería está facultada para retener parte de los dineros.
- Si el deudor vende un auto o casa, el Registro Civil, o el Conservador de Bienes Raíces, están facultados para hacer el traspaso, siempre y cuando se acredite que con el pago se pague la deuda alimentaria.
- No se les dará ni licencia de conducir ni pasaportes. A menos que frente a un tribunal en deudor acredite que los necesita.
- Se van a retener los sueldos de gerentes generales o directores de empresas que transen en la bolsa.
- Se va a inhabilitar el poder recibir bonos o beneficios económicos que vengan por parte del Estado.
- Los órganos estatales, Congreso Nacional y Poder Judicial que quieran contratar, ascender a su personal, tienen que consultar previamente el registro nacional de deudores.
En caso de que la persona tenga deuda, para poder lograr el ascenso o contratación tiene que acceder a que se le retenga parte de su sueldo. - Los trabajadores con contrato a honorario y que tengan pensión por vejez, invalidez, o sobrevivencia, van a tener retenciones de sus pagos para saldar deudas.
- Si el deudor es despedido, pagará la pensión alimenticia con el finiquito que le den.
- Modificación del Código Civil, la cual deja la deuda de pensiones alimenticias por sobre las comerciales.
- En la evaluación de idoneidad, que se le realiza a los postulantes a adoptar, se verificará que no sean parte de este registro.