Este domingo, por vía telemática, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que sanciona como delito el uso, venta y fabricación de fuegos artificiales.
Según señaló el Mandatario, esta iniciativa ‘nos permitirá sancionar más severamente, con cárcel y multas, la fabricación, importación, comercialización, venta, entrega y uso de fuegos artificiales, sin los debidos permisos’.
La ley, agregó Piñera, también castigará ‘con cárcel y multas, los disparos injustificados de armas de fuego, que son los causantes de las balas locas, que tantas pérdidas de vidas inocentes han causado en Chile’.
Principales cambios según delito
Los cambios se realizarán a través de una reforma a la Ley de Control de Armas y al Código Penal, entre los que destacan los siguientes:
-Posesión o tenencia de fuegos artificiales. Presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) o multa de 5 a 20 UTM.
-Fabricación, transformación, importación, internación, exportación, transporte, almacenaje, distribución, adquisiciones o celebración de convenciones respecto de fuegos artificiales. Presidio menor en su grado medio, es decir, entre 541 días a 3 años de cárcel, y multa de 10 a 20 UTM. Además, se puede determinar clausura definitiva del establecimiento utilizado para dichos actos, o clausura temporal como medida cautelar mientras dure la investigación.
-Disparo de fuegos artificiales. Presidio menor en grado mínimo a medio. Es decir, desde 61 días a 3 años de cárcel, y multa de 10 a 20 UTM.
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-Al disparo injustificado con armas de fuego que hoy existe en la normativa vigente, desde o hacia la vía pública, se le incorpora a inmueble privado con personas en el interior. Presidio menor en su grado máximo, desde 3 años y un día a 5 años. Pena aumenta a presidio mayor en su grado mínimo, de 5 años y un día a 10 años, cuando disparo se realiza con armas “hechizas” o de fogueo.
-Disparo injustificado al aire. Presidio menor en su grado medio, de 541 días a 3 años. Pena aumenta a presidio menor en su grado máximo, de 3 años y un día a 5 años, cuando disparo se realiza con armas “hechizas” o de fogueo.
-La Ley sanciona con mayor gravedad los delitos cuando además perturban gravemente la tranquilidad pública o infunden temor en la población, en cuyos casos las penas de los delitos tipificados aumentarán.
Promulgamos Ley #AltoAlFuego q sanciona con cárcel y multas la fabricación, importación, venta y uso de fuegos artificiales. También disparos y balas locas que causan víctimas inocentes.
Atacaremos al narcotráfico siempre y en todos sus frentes,para recuperar la paz ciudadana. pic.twitter.com/krAUTziTXK
— Sebastian Piñera (@sebastianpinera) January 24, 2021