El fuero maternal es uno de los derechos más importantes para las madres, ya que las permite mantener su trabajo durante los días de embarazo y los primeros meses del nacimiento de su bebé.
Esta normativa permite que vivas tu proceso de gestación lo más tranquila posible. Por esto, debemos conocer bien en qué consiste y cuáles son sus plazos.
En una transmisión de Instagram live conversamos con Nickol Ortiz, abogada dedicada a las asesorías legales para mujeres y mamás. En su cuenta @mamabogada entrega tips e informaciones para que el proceso de maternidad sea más llevadero
«La maternidad es todo un camino. Si supiéramos que viene con todo lo que significa ser mamá, sería todo más fácil. Cuando somos mamás y trabajadoras tenemos una serie de derechos que podemos ir exigiendo», comenzó señalando.
¿Qué es el fuero maternal?
Uno de estos derechos es el fuero maternal, una protección que las madres reciben en el ámbito laboral. Este se adquiere desde el primer día de gestación.
«El fuero es como si tuvieras una protección para que no te desvincule tu empleador por el hecho de estar embarazada y para hacerlo, tiene que pedirle autorización a los tribunales», señaló Mamá Abogada.
Tu jefe no podrá despedirte, debido a que estás embarazada. Y si insiste, buscando desvincularte de tu lugar de trabajo, deberá solicitar el desafuero al tribunal correspondiente, una situación que sucede mucho en el sector público y en colegios. «Cuando les llegue la solicitud de desafuero, vayan altiro a la defensoría o contacten a un abogado particular», recomienda.
El fuero maternal es uno de los tantos derechos irrenunciables que tenemos. «Si yo me cambio de trabajo, mantengo ese derecho, está consagrado en la Constitución», aclara Nickol Ortiz.
¿Hasta cuándo dura este derecho?
Según Mamá Abogada, el fuero maternal durará desde que comienza tu embarazo, hasta que el bebé cumpla 1 año y 84 días, porque termina un año después de que finalice tu posnatal.
Además, «el fuero maternal puede extenderse si utilizó el posnatal de emergencia o el beneficio crianza protegida«, normativas que se aprobaron durante la pandemia.
Por otro lado, hay excepciones. Nickol Ortiz señala que para el caso de las trabajadoras de honorarios, dependerá de cada caso. «Hay honorarios regidos por el Código Civil, donde no tenemos ningún derecho consagrado. Pero si están protegidas por el Código del Trabajo, sí tendrán el fuero».
«Si trabajan en el sector público, hay que distinguir. Solo si tengo más de una contratación (llevar 3 o más años en el servicio público con un contrato de honorarios) sí, porque mis funciones no son accidentales», agregó.
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