Este próximo sábado 15 y domingo 16 de mayo se realizarán votaciones para elegir a alcaldes, concejales, convencionales constituyentes y gobernadores regionales.
Siendo un evento importante para la población, hay varias medidas que se han tomado, tanto por la pandemia, como por la cantidad de cargos a elegir. Una de ellas fue declarar feriado irrenunciable el 15 y el 16.
El Diario Oficial publicó este miércoles la ley para que estos días sean feriados irrenunciables. Pero hay que tener ojo, porque el decreto deja en claro que solo rige para el comercio.
Lo estipulado en la ley
La iniciativa publicada por el Diario Oficial plantea que todos los trabajadores del comercio no deberán ejercer sus funciones. Con el objetivo de cumplir con su deber cívico de votar.
De acuerdo a nuestra radio hermana, Futuro, lo que dice textualmente la norma es: «Declárase feriado obligatorio e irrenunciable para todos los dependientes del comercio los días 15 y 16 de mayo de 2021, con excepción de los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria».
Eso sí, los locales atendidos por sus dueños sí pueden abrir, pero los supermercados o malls no podrán hacerlo.
Esta ley de los feriados irrenunciables ha recibido varias críticas y un amplio rechazo por parte del empresariado. De hecho, algunos recurrieron a la justicia.
El propio ministro de Economía, Lucas Palacios fue crítico y calificó a la ley de ‘pésima idea y populista‘. «Profundiza aún más el daño y es un dardo al corazón de las pymes», expresó.
«Actualmente, la ley da un permiso de dos horas a las personas para ejercer su voto, y eso está bien. Pero es muy diferente pasar a un feriado irrenunciable», agregó Palacios, según 24 Horas.
Mientras, el Ministro de Trabajo, Patricio Melero, solo aclaró que: «Esperamos que esto permita una amplia participación ciudadana en las elecciones, y que el tener que trabajar no sea un impedimento para ejercer el voto».
También hay cambios en la Ley Seca
Por primera vez, la Ley Seca será más larga de lo normal. El artículo 180 de la Ley n°18.700 impone ciertas restricciones, con el fin de que las elecciones se puedan desarrollar de la mejor forma.
Esta medida permite la prohibición de la venta de alcohol en ambos días de votación. La ley adecuada para la pandemia, dice que el impedimento en la venta de alcohol comenzará el viernes 14 de mayo a las 21:00 horas, cuando inicie el toque de queda.
Tal como en otras ocasiones, la Ley Seca se extenderá por todo el proceso de votación y terminará dos horas después del cierre a las urnas, decretado a las 18:00 horas del domingo 16 de mayo. Es decir, la venta de alcohol se puede retomar a eso de las 22:00 horas del mismo día.
En caso de que la Ley no sea respetada, Carabineros podrá clausurar locales y sacar grandes multas monetarias.