Desde este mes de agosto, se amplía el universo de personas que puede solicitar la Pensión Garantizada Universal (PGU), beneficio del Estado administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS).
Este beneficio permite avanzar en el componente solidario del sistema de pensiones, y desde este mes puede ser solicitada por personas de 65 o más años que no pertenezcan al 10 % más rico de la población y tengan una pensión base menor a $1.048.200, entre otras condiciones detalladas en el sitio www.chileatiende.cl.
El monto máximo de la PGU es de $193.917, cifra que será percibida en su totalidad por quienes tengan una pensión base menor a $660.366, siempre que cumplan con los demás requisitos legales.
Las personas con una pensión base mayor a ese monto y menor a$1.048.200 -siempre que cumplan con las otras condiciones que señala la norma-recibirán una parte de la PGU.
A la fecha, más de 1 millón y medio de personas de 65 y más años ya reciben la PGU por parte del IPS, con los requisitos que estuvieron vigentes hasta julio. En que se pedía integrar hasta el 60 % más vulnerable de la población.
¿Quiénes son beneficiarios?
Los principales requisitos para solicitar a la PGU a partir de agosto son:
- Tener 65 años o más.
- No integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población. Esta condición se evalúa una vez realizada la solicitud.
- Acreditar residencia en Chile:- Por un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde los 20años de edad- Por al menos 4 años de los últimos 5 inmediatamente anteriores a la solicitud del beneficio.
- Contar con una pensión base menor al monto de la pensión superior, que corresponde a $1.048.200.Importante:- No es necesario estar pensionado para postular a este beneficio desde los 65 años.- A personas afiliadas a Dipreca y Capredena, no les corresponde la PGU.
¿Dónde se solicita la Pensión Garantizada Universal?
- En línea por www.chileatiende.cl con la Clave Única.
- Presencialmente en sucursales ChileAtiende del IPS.
- También se puede solicitar en municipios en convenio con el IPS o en la respectiva AFP o compañía de seguros, si una persona está afiliada a esas instituciones.
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