En pocos días llega septiembre, y con ello las planificaciones para las Fiestas Patrias, junto con el anhelado aguinaldo.
Este beneficio se entrega por ley a los trabajadores de servicios públicos y pensionados, mientras que para el sector privado, el aporte depende directamente del empleador.
Debido a esto y al complejo escenario económico producto de la pandemia, el Gobierno garantizó que el pago del aguinaldo de Fiestas Patrias es un derecho para todos los trabajadores que lo tengan pactado en su contrato o bien en los acuerdos colectivos de cada empresa.
Así lo aseguró el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, en una entrevista con Mega Plus.
“Están pactados de manera contractual, depende del acuerdo entre las partes, pero puede estar pactados individual o en un contrato colectivo”, dijo Arab por parte del Gobierno.
“En ambos casos los trabajadores tienen derecho a recibirlo, que estemos en pandemia no es excusa para no recibir el aguinaldo”, explicó el subsecretario.
También reiteró que “aquellos casos que no está pactado pero que exista una práctica, una costumbre de parte del empleador de venir pagándolo en los últimos años, también existe ese derecho adquirido”.
Lee también: Bonos para mujeres: conoce todos los beneficios disponibles
¿Quiénes pueden recibir el aguinaldo?
El aguinaldo de Fiestas Patrias 2021 lo recibirán los pensionados del Instituto de Previsión Social que, al 31 de agosto.
De hecho, en este caso, esta ayuda, se deposita en conjunto con las remuneraciones, en el caso de los trabajadores. O en el pago de las pensiones, en el caso de los jubilados.
¿Qué monto recibirán los funcionarios públicos?
Según la Ley 21.306, el aguinaldo de Fiestas Patrias 2021 se entregará a los trabajadores que, al 31 de agosto, desempeñen cargos públicos.
En cuanto a los montos del aguinaldo, estos dependerán de la renta que reciba el trabajador en agosto de 2021. En detalle:
- Los trabajadores con renta líquida igual o inferior a $794.149, recibirán un aguinaldo de $76.528.
- Los trabajadores con renta líquida superior a $794.149, recibirán un aguinaldo de $53.124.
¿Qué pasa con el sector privado?
Según informaron desde ChileAtiende, otorgar aguinaldo a los trabajadores no es una obligación de los empleadores.
No obstante, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que:
- Esté contemplado en su contrato de trabajo.
- Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
- En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa) como un derecho de los trabajadores.