Este fin de semana viviremos unas votaciones inéditas, con un proceso que se realizará en dos jornadas diferentes, con el fin de evitar los atoramientos en los locales electorales.
Entre las novedades, se estipuló que este fin de semana funcionará como feriado irrenunciable para los trabajadores del comercio. Esta medida busca generar una alta concentración en la participación ciudadana, para que los empleados no se vean imposibilitados de acercarse a las urnas.
¿Cómo funciona la Ley Seca?
Por primera vez esta Ley será más larga de lo habitual. El artículo 180 de la Ley n°18.700 impone ciertas restricciones, con el fin de que las elecciones se puedan desarrollar de la mejor forma.
Esta medida permite que exista la prohibición de la venta de alcohol en ambos días de votación. La ley adecuada para la pandemia, dice que el impedimento en la venta de alcohol comenzará el viernes 14 de mayo a las 21:00 horas, cuando inicie el toque de queda.
Tal como en otras ocasiones, la Ley Seca se extenderá por todo el proceso de votación y terminará dos horas después del cierre a las urnas, decretado a las 18:00 horas del domingo 16 de mayo. Es decir, la venta de alcohol se puede retomar a eso de las 22:00 horas del mismo día.
En caso de que la Ley no sea respetada, Carabineros podrá clausurar locales y sacar grandes multas monetarias.
¿Qué pasa con el comercio?
Tal como nos cuentan nuestros amigos de Los40.cl, el comercio no esencial deberá cerrar sus puertas por el feriado irrenunciable. Los locales excepcionales son: farmacias de urgencia, farmacias de turnos y gasolineras.
Esto viene a reforzar el confinamiento total del fin de semana en comunas de Fase 1 y Fase 2. Por lo que si necesitas asistir a uno de estos locales comerciales, tendrás que portar tu permiso de desplazamiento de Comisaría Virtual.
Tengo que trabajar, ¿cuándo puedo ir a votar?
El empleador tiene el deber de autorizar a sus empleados a asistir a las elecciones durante dos horas, y por ningún motivo les debe descontar de sueldo.
Este derecho cívico debe ser respetado. En el caso de que el trabajador no tenga permiso para votar o no lo autoricen para ejercer su rol de vocal de mesa, podrá hacer su denuncia a la Inspección del Trabajo y el Juzgado de Policía Local de la comuna donde ocurrieron los hechos.
Esto llevará a que la empresa sea sancionada con una multa de 5 a 20 UTM por cada trabajador afectado, dependiendo de la cantidad de empleados que tenga en la organización.
¿Lista para ir a votar?