¿Estás sin trabajo? Te contamos que, para la suerte de muchos, existen diferentes bonos que buscan ayudar a aquellas personas que se encuentran sin trabajo.
A continuación, en FMDOS te compartimos todos los detalles de los beneficios que se entregarán durante este mes.
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Estos son los bonos para cesantes que se entregarán en noviembre
Subsidio de Cesantía
Este beneficio permite a trabajadores y trabajadoras que se encuentran cesantes acceder a una ayuda económica mensual, por un período máximo de 360 días.
Los requisitos para acceder a este aporte son los siguientes:
- Tener, al menos, 12 meses continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
- Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
- Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002.
Para conocer más detalles puedes ingresar en este enlace.
Seguro de Cesantía
Este se encuentra a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), que protege a todos los trabajadores y trabajadoras con contrato indefinido, a plazo fijo y por obra o servicios.
Si deseas conocer mayor información, ingresa al sitio de ChileAtiendo pinchando aquí.
Indemnización por término de contrato
Según la información que entrega ChileAtiende, esta corresponde a una indemnización que complementa o sustituye la indemnización por años de servicios y a la cobertura del seguro de cesantía. Y puede ser cobrada en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), presentando los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo.
Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) garantiza beneficios mínimos a afiliados la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que no cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual de cesantía al momento de perder su trabajo.
Tienen derecho al beneficio las personas:
- Que se encuentren cesantes al momento de la solicitud.
- Cuyos recursos en la cuenta individual de cesantía sean insuficientes para financiar un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes que establece la ley.
- Cuenten con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido, las que deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes anterior al término de la relación laboral.
- Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
- Cuyo contrato de trabajo haya terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Activar su cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece.