La Asignación maternal, también conocida como Bono maternal, es un subsidio estatal para las trabajadoras embarazadas y los trabajadores, respecto de sus cónyuges embarazadas, que sean causantes de Asignación Familiar.
Este beneficio se paga por todo el período que comprende el embarazo.
¿Quiénes tienen derecho al beneficio?
-Trabajadoras embarazadas dependientes, independientes afiliadas a un régimen de previsión y en goce de subsidio de cualquier naturaleza (exceptuando el subsidio maternal o familiar).
-Los trabajadores respecto de sus cónyuges embarazadas y causantes de Asignación Familiar de trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza.
¿Cuál es el monto del beneficio?
El beneficio se puede solicitar solamente a partir del quinto mes de embarazo.
Eso sí, una vez asignado y verificado el derecho al beneficio, éste se paga retroactivamente y por todo el período de gestación.
Los montos de las asignaciones maternales varían entre los $2.683 hasta los $13.838, según los ingresos mensuales del solicitante.
No tienen derecho al beneficio: pensionadas, cónyuges embarazadas de pensionados y personas cuyo ingreso mensual sea superior a $804.962.
¿Cómo solicitar el Bono maternal?
1-Debes reunir los antecedentes requeridos.
2-Luego, dirígete a un Centro de Atención IPS-ChileAtiende.
3-Explica el motivo de tu visita: solicitar la Asignación Maternal. Y entrega los antecedentes requeridos.
5-Como resultado del trámite habrás solicitado el beneficio. Si cumple los requisitos, recibirás inmediatamente dos copias de la resolución de autorización de la Asignación Maternal. Éstas deben ser presentadas a tu empleador y al Fondo Nacional de Salud (FONASA) o ISAPRE respectiva.
Revisa: Comenzó el pago del Bono Pymes: Aún hay tiempo para postular
Documentos requeridos:
Si es trabajadora:
- Cédula de identidad (vigente) nacional o emitida para extranjeros residentes en Chile.
- Poder notarial simple, si el trámite es realizado por un apoderado.
- Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Éste debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
Si es carga del trabajador:
- Autorización de carga familiar del trabajador.
- Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Éste debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
Este uno de los beneficios que entrega el Instituto de Previsión Social.