A pesar de la incertidumbre respecto a las restricciones de la pandemia, el Aguinaldo de Fiestas Patrias para los trabajadores públicos y pensionados se mantendrá este 2021.
Primero, teniendo en cuenta la llegada de la variante Delta a nuestro país, desde el Ministerio de Salud estarían pensando en implementar un nuevo plan con restricciones.
Pese a esto, el beneficio económico del 2021 relacionado a las Fiestas Patrias permanecerá y por esto desde FMDOS queremos responder todas las dudas al respecto.
Pero ¿Cuánto será el monto para el 2021? Revisa el detalle y los requisitos para recibirlo a continuación:
Aguinaldo de Fiestas Patrias ¿Cuánto es el monto?
Trabajadores públicos
En primer lugar, de acuerdo a lo especificado en la ley 21.196, se les concederá por una sola vez el aguinaldo de Fiestas Patrias a los trabajadores que hasta el 31 de agosto del año 2021 desempeñen cargos en entidades públicas.
Por lo tanto, el monto del aguinaldo será de $76.528 para los trabajadores cuyo sueldo líquido sea igual o inferior a $794.149. En tanto quienes superen esa cantidad, recibirán $53.124.
Sector privado
En segundo lugar, las empresas del sector privado no están obligadas legalmente a entregar un aguinaldo de Fiestas Patrias, a no ser que:
- El beneficio esté contemplado en su contrato de trabajo
- El aguinaldo esté incorporado como cláusula en el contrato o convenio colectivo.
En consecuencia en estos casos el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador.
Pensionados
Por otra parte, según explican desde Chile Atiende, el monto para los pensionados del Instituto de Previsión Social este 2021 es de $20.624. A esto se le suman $10.581 por cada carga familiar que esté acreditada hasta el 31 de agosto de este año dentro del IPS.
Finalmente, desde la entidad señalaron que las personas que al 31 de agosto de 2021 tengan alguna de estas calidades:
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.
- Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
- Pensionados o pensionadas Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
- Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.
- Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
- Beneficiarios y beneficiarias de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
- Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
¿Qué te parece el Aguinaldo de Fiestas Patrias para este año 2021?